Retos y desafíos regulatorios del sector vitivinícola en México.

Por Mtra. Graciela Rojo C.*

Antecedentes regulatorios

La preocupación por regular la producción, venta y consumo de vino ha estado presente a través de la historia. En México, la cultura del vino tiene una larga tradición virreinal. La producción y venta de vino de uva y aguardientes estaba regulada, y en general, mas no en todos los casos y regiones, prohibida en la Nueva España.

En materia de producción de vinos, siembra y cultivo de la vid, mediante el Decreto del 8 de octubre de 1823, y un Decreto aclaratorio en 1828, el Soberano Congreso Mexicano estableció que los nuevos plantíos de viñas quedaban libres por diez años del pago de alcabala, diezmo, primicia y cualquier otro derecho, sea cual fuere su denominación, incluyendo a aquellos viticultores que a ese momento estuvieran ya cultivando la vid; y no hubo más disposiciones sobre fomento a la actividad vitivinícola en el siglo XIX.

En cuanto al expendio de vinos, son múltiples las disposiciones que lo regulaban. Cabe destacar que el comercio exterior de vinos blancos y tintos se reguló durante todo el siglo XIX. En las primeras dos décadas del siglo XX el desarrollo de la producción de vino mexicano se vio frenado por la Revolución Mexicana. La industria vitivinícola tomó impulso a finales de la década de 1920 en Baja California y Coahuila, en parte por la prohibición impuesta en Estados Unidos.

En el marco de la Segunda Guerra Mundial se habría de expedir la primera ley cuyo objetivo era regular la producción y el mercado del vino en México. En 1943 fue promulgada la Ley Vitivinícola que procuraba regular toda la industria, procesos, métodos, comercio, entre otros aspectos. Poco tiempo después, en 1948, fue creada la Asociación Nacional de Vitivinicultores, con quince empresas afiliadas.

Finalmente, después de un largo proceso, el 20 de marzo de 2018 se aprobó en el Senado de la República y fue devuelto a la Cámara de Diputados el proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Fomento a la Industria Vitivinícola, la cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación del 23 de mayo de 2018.

Retos y desafío regulatorios

La producción vitivinícola en México se desarrolla con éxito y de calidad en varios estados de la República, como Aguascalientes, Baja California, Coahuila, Chihuahua, Guanajuato, Querétaro, Zacatecas y San Luis Potosí. Sin embargo, el sector vitivinícola aún presenta desafíos regulatorios que deben tomarse en cuenta por los gobiernos a fin de contar con un entorno regulatorio más congruente, eficiente y promotor de la industria.

Para poder identificar las áreas en donde se requiere intervención y diseño de regulación es importante tomar en cuenta las siguientes reflexiones:

A. La determinación de marca y origen de los productos del vino, como vectores sinérgicos de notoriedad para el consumidor. La muestra de madurez del sector en un determinado país pasa por el reconocimiento de la noción de «terroir» como elemento de valor de su producción.

B. El control del origen, a través de Denominación de Origen (DO) y de Identificación Geográfica (IG), empodera al productor y le confiere control sobre el suministro de uvas, límites de rendimiento y demás criterios técnicos.

C. La certificación del origen interviene en la formación del precio; toda la cadena de valor se fundamenta en el valor de las uvas.

En ese sentido es conveniente que la industria vitivinícola en México cuente con regulación en varias etapas de la cadena de valor, pero en este momento solo nos vamos a centrar en la producción.

Antes de entrar en detalle debemos resaltar que en Europa están apegados a reglas muy estrictas y leyes muy claras sobre la

producción y el cultivo de la vid y la elaboración del vino, lo permitido y lo no permitido. Son países con tradiciones ancestrales en el tema y sus legislaciones son sumamente restrictivas al respecto. Es decir, se cuenta con mucha regulación, pero la misma ha impulsado el desarrollo de una industria fructífera y de reconocimiento a nivel mundial.

Por el contrario, los vinos americanos son mucho más experimentales, las reglas no son tan claras ni tan definidas y su proceso de elaboración es más moderno.

¿Qué buscamos para México?

Al menos, un marco regulatorio claro y especial para el sector vitivinícola, ya que mucho de lo que rige a este sector se trata de ordenamientos que son aplicables a otros sectores de la economía, además de lo relativo al vino.

Para muestra dos ejemplos

1. A partir del 5 de noviembre de 2020 entró en vigor la nueva Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, que entre sus objetos incluye la declaración de protección de denominaciones de origen e indicaciones geográficas. Inclusive se considera un deber del Estado mexicano la protección de las denominaciones de origen. Le corresponde al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) tramitar y, en su caso, emitir las declaraciones de protección a denominaciones de origen e indicaciones geográficas, y autorizar el uso de éstas, y las demás que le otorga la propia ley y su Reglamento para el reconocimiento y conservación de los derechos de propiedad industrial.

Sin embargo, en México no existe una institución especializada y dedicada al desarrollo de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas que esté vinculada con el apoyo y desarrollo del campo mexicano.

El fortalecimiento de un régimen de protección y de impulso a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas es fundamental para el desarrollo de la industria vitivinícola mexicana. Un régimen en el que se escuche a los productores y se atiendan sus necesidades.

Es fundamental impulsar el reconocimiento de las diversas denominaciones de origen a los vinos mexicanos, posibilitando su desarrollo y asegurando su calidad. Se deberán reconocer las denominaciones de origen y crear los consejos reguladores correspondientes.

Este tipo de mecanismos permiten potenciar y proyectar a la industria vitivinícola para distinguirse de sus competidores en el mercado, y también servir de apoyo a la internacionalización de los bienes y la generación de mercados de alto valor adquisitivo para los mismos, fundamentalmente, en razón de la protección conferida para acuerdos internacionales aplicables en la materia de los que el Estado mexicano es parte, como el Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC) de la Organización Mundial del Comercio (OMC) o el Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.

También, es importante y necesario que exista reglamentación específica, por ejemplo, para todo el tema de “marca colectiva”. La propia Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial establece que “las marcas colectivas se regirán, en lo que no haya disposición especial, por lo establecido en esta Ley para las marcas”.

La marca colectiva plantea algunos problemas básicos y resolverlos con regulación especial sería un gran paso para los productores de vino en México, inclusive para toda la cadena de valor. Primero, determinar quién gestiona la marca; segundo, definir hasta dónde llega la protección de la marca, y; tercero, sobre la comercialización y el control de la marca desde que se produce hasta que se consume (¿el productor, el titular de esa licencia o el licenciatario de esa marca colectiva?). Esto no es nada nuevo, pero si urgente regular para impulsar el registro de más marcas colectivas, en la actualidad solo existe una, Marca Colectiva Vino Mexicano.

2. En la actualidad el vino se apega a la Norma NOM-142-SSA1/SCFI-2014, “Bebidas alcohólicas. Especificaciones sanitarias. Etiquetado sanitario y comercial”, que establece las especificaciones sanitarias y disposiciones de etiquetado sanitario y comercial de las bebidas alcohólicas que se comercializan en el territorio nacional; y la NOM-199-SCFI-2017, “Bebidas alcohólicas- Denominación, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba”, que regula la denominación comercial de las bebidas alcohólicas, incluyendo todas las categorías de vino, para proporcionar información veraz al consumidor.

Esta regulación es aplicable a todas las bebidas alcohólicas que se producen y comercializan en el País, por lo que hace falta que exista regulación específica sobre la parte técnica, el etiquetado y lo relativo a la parte comercial que sea exclusiva de la industria del vino.

En aras de cumplir con los objetivos que se plantearon en la Ley de Fomento a la Industria Vitivinícola de 2018, es importante regulación técnica puntual sobre producción, en donde se consideren los elementos característicos de la tipicidad de los productos vinícolas y los nuevos métodos de elaboración y variedades de uvas.

La sofisticación de las cadenas de valor actuales, así como el fenómeno de la globalización, hacen necesario que, en aras de una regulación efectiva y congruente, los gobiernos reparen cada vez más en el impacto positivo de contar con un marco jurídico que, de manera holística, considere las diversas aristas que impactan en el mercado mexicano y su visión como referente en otros países.

*Economista especializada en competencia y regulación económica y más de 15 años en regulación del sector energético.

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